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Sáb, Nov

Tribunal halla culpable al “Borrego”; “sin comentarios", dice él

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* A Ramón Ángel le incluyen la calificativa de ventaja, pero no así las de premeditación y alevosía.

 

Ramón Ángel Nieves Romero “El Borrego”, fue encontrado culpable de homicidio en agravio de Édgar Alberto López Santiago “Beto”, con la calificativa de ventaja, según concluyó por unanimidad de votos el Tribunal de Enjuiciamiento integrado por los jueces Rodrigo Benítez Pérez, Antonio Enríquez Soto y César Armando Ramírez Flores.

El fallo se conoció alrededor de las 3:30 de la tarde de este jueves en la Sala 3 del centro de juzgados orales en Tepic, a la que asistieron cinco personas entre el público, tres de ellas familiares de Ramón Ángel.

La sentencia condenatoria fue explicada por el juez relator Enríquez Soto, en la que, por ejemplo, se refirió a la versión de cinco testigos que si bien tuvieron divergencias, dijo, estas no resultaron sustanciales, y en cambio existe coincidencia de que Ramón Ángel disparó con una pistola en contra de Édgar Alberto, alrededor de las ocho de la noche del pasado 20 de enero, afuera de la casa del sentenciado en el barrio Pueblo Nuevo, en Tuxpan.

El Tribunal de Enjuiciamiento aceptó la existencia de la calificativa de ventaja, considerando que Nieves no corrió riesgo al no acreditarse que López haya efectuado disparos, pero no aceptó incluir las calificativas de premeditación y alevosía solicitadas por la representación de la Fiscalía General del Estado (FGE).

De igual forma se dio valor a distintos peritajes emitidos.

Una vez anunciado el fallo, el juez presidente Benítez Pérez informó que la próxima semana se individualizará la pena, es decir, precisándose los años de condena y la reparación del daño.

“Sin comentarios”, expresó Nieves Romero, evidentemente decepcionado por el fallo, al ser cuestionado por el juez si quería añadir algo. A espaldas de él estaban tres mujeres, una de ellas su mamá.

Horas antes, durante la audiencia de alegatos de clausura, a la agencia ministerial y la representación de la víctima por un lado, y a la defensa por el otro, les tomó más de una hora defender sus posicionamientos.

La representación de la FGE insistió que aquella noche Ramón Ángel accionó dos armas de fuego,  una contra el ahora occiso, a quien también le disparó por la espalda e, igual, cuando ya estaba en el suelo, y la otra disparando hacia la casa de su suegra antes de abandonar Tuxpan a bordo de su camioneta Nissan tipo Armada. 

Por su parte, la defensa particular insistió en la versión del forcejeo y de que Ramón Ángel actuó en defensa propia. Reclamó las distintas versiones de testigos, uno de ellos citando, por ejemplo, que la víctima estaba en una motocicleta cuando fue baleado, mientras que otros describen que estaba parado. La defensa reclamó también diversos peritajes, en especial el hecho de que el occiso hubiera presentado un balazo en el área de testículos y sin embargo un perito no pudo asegurar que el short que llevaba puesto hubiera tenido la entrada de proyectil de arma de fuego.

Hubo una parte en la que el defensor aceptó que su cliente disparó a la casa de su suegra –el miércoles, el propio Ramón Ángel dijo no recordarlo-, lo que fue aprovechado por la agencia ministerial en una réplica, robusteciendo esa parte. 

La representación de la FGE defendió el actuar de los distintos peritos, e insistió que en el caso no existió legítima defensa: “¿con un balazo en la espalda?”. 

Frente al reclamo de que no se presentaron “mecánica de lesiones” ni “mecánica de hechos”, la agencia ministerial precisó que no hubo deslealtad de la Fiscalía y recordó que la defensa ofreció como testigo a un perito en balística pero antes de su turno fue retirado por el propio abogado.

En una segunda oportunidad, la defensa aclaró que dedujo que su cliente disparó a la casa de su suegra por lo ventilado en la audiencia, no porque él se lo hubiera dicho.

Insistió que los peritajes mostraron evidentes inconsistencias, errores, fallas, y que ni atrás ni adelante de la camioneta Armada fue encontrada sangre, sólo en el costado derecho, lo que confirmaba la versión del forcejeo.

En una intervención más corta, la representación de la víctima concluyó con una petición al Tribunal: encontrar “culpable” a Ramón Ángel. 

En su oportunidad, el juez Rodrigo Benítez precisó que el Tribunal de Enjuiciamiento sólo deliberaría con lo ventilado en las audiencias, no con aspectos nuevos, introducidos en los alegatos.

Y LA ENSEÑANZA 

El presente juicio oral remarcó lo ya apuntado en anteriores notas de este reportero: la urgencia para que el nuevo sistema de justicia penal sea soportado con más funcionarios: jueces, ministerios públicos, defensores públicos, representantes de víctimas, peritos, personal administrativo.

Hay un reclamo prácticamente unánime en ese sentido, como unánime también el de acceder a mejores salarios. Hace unas semanas, por ese tema los defensores públicos hicieron un paro de varias horas.

Además, lo ventilado a partir del lunes cinco dejó evidencia de que no les fue muy bien a varios peritos de la Fiscalía. Se habla de que han tenido poca capacitación sobre juicios orales, que trabajan con una sobrecarga de asuntos y que va para largo la contratación de más personal que hace tiempo se les comentó. 

Por ejemplo, un dato divulgado en una audiencia, y que debería preocupar, es que las fotografías de la sangre encontrada en la camioneta Armada fueron reveladas en un negocio particular, no en instalaciones de la FGE.

La sobrecarga de trabajo ha prendido luces de alarma porque trasciende que no pocos involucrados en juicios orales están pensando buscar otros campos laborales si continúa este ritmo, sin mejoras salariales. Y eso que apenas se trató del tercer asunto que llega a juicio oral. 

Y para acabarla de amolar, el inmueble de juzgados orales sigue presentando problemas, a pesar de ser un edificio nuevo. Uno de los dos baños para el público ha estado cerrado desde la semana pasada por un aparente problema de fontanería. Y en otro baño, de mujeres, hay una fuga de agua que ahí va quedando.

(Aviso: la imagen no corresponde al caso concreto)

 

 

 

 

 

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