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Vie, Sep

Se desvanecen cargos por “policía comunitaria”; Pedro Hernández saldría libre

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* Un Tribunal Colegiado confirmó un amparo a favor del indígena Cora, líder comunero en Santa Teresa, municipio Del Nayar, en el sentido de que las actuaciones del caso no son suficientes para presumir la asociación de varias personas para cometer delitos.

 

Identificado como presunto líder de una “policía comunitaria” en el municipio Del Nayar y detenido en 2015 bajo los cargos de asociación delictuosa, el Primer Tribunal Colegiado en Tepic confirmó un amparo a favor de Pedro Hernández Delgado, indígena Cora, lo que ha motivado una orden de libertad, la que debería producirse esta semana.

Los magistrados Pedro Ciprés Salinas, Ramón Medina de la Torre y Francisco Miguel Padilla Gómez determinaron que son inoperantes los señalamientos de agravio presentados por un agente del Ministerio Público Federal, en el sentido de que Hernández Delgado “hizo creer a los comuneros de Santa Teresa, Del Nayar, haber obtenido autorización para crear una organización armada y levantarse en armas, a la que denominaría policía comunitaria”.

Por el contrario, los magistrados del Vigésimo Cuarto Circuito encontraron razón del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Penal que concedió la protección de la justicia federal a Hernández Delgado, respecto a que en el expediente instaurado no está probada “‘la existencia de una asociación o banda delictiva integrada por tres o más personas, organizadas, con el propósito de delinquir…’, dado que el señalamiento en el que coincidían los testigos, era en cuanto a que se tenía el propósito de formar una ‘policía comunitaria’, lo que adquiría congruencia si se adminiculaba con el contenido de diversas actas relativas a asambleas comunitarias verificadas con tal fin”.

El fallo del Juzgado de Distrito –al que hace referencia el Tribunal Colegiado- agrega que en el caso de Pedro Hernández Delgado, tampoco se advertía la existencia de un sistema de jerarquía, y menos “que la existencia de una policía comunitaria originada de una asamblea de comisariado de la comunidad, tenga como finalidad la comisión de delitos; por el contrario, el propósito, en todo caso, era la prevención del delito o detención de infractores”…

La ponencia del magistrado Pedro Ciprés critica la ligereza de los agravios del Ministerio Público Federal, del cual, anotó, no bastaba con que citara la presunta responsabilidad del citado indígena Cora, sino la necesidad de que “expusiera de una manera congruente y razonada, argumentos por medio de los cuales pusiera en evidencia la incorrecta apreciación que hizo respecto de los tópicos aludidos en la sentencia concesoria del amparo y que, a su vez, le condujeron a la conclusión de que en el presente caso no era posible tener por demostrado el delito de asociación delictuosa atribuido al quejoso”.

Por esa impugnación inadecuada, los agravios fueron declarados inoperantes.

Aunque en las actuaciones se habla de una “policía comunitaria”, extraoficialmente se conoce que lo que motivó una rápida acción de la Fiscalía General del Estado (FGE) para proceder contra Hernández Delgado y otras personas, era el temor de que en el municipio Del Nayar se generara un grupo de autodefensas.

En la respectiva declaración preparatoria, Pedro Hernández negó cualquier relación con actividades delictivas:

“Yo no tengo ningún vínculo con gente de grupos armados, siempre me he relacionado sólo en gestiones, ni he tenido contacto con armas”…

Pedro Hernández Delgado se encuentra detenido desde el 13 de abril del 2015. En acatamiento a la sentencia del Tribunal Colegiado en el amparo en revisión 462/2015, su liberación tendría que darse en el transcurso de esta semana. 

(NO se autoriza la transcripción o copia de las notas de Relatos Nayarit a otros medios de comunicación. NO al robo de notas) 

 

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