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Sáb, May

“Existen indicios de las conductas que se le imputan”, dicen magistrados sobre Roy Rubio

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* Un Tribunal Colegiado con oficinas en Zapopan se pronunció para que el caso del titular de la ASEN,  actualmente suspendido, sea resuelto en un estudio de fondo.

 

Un Tribunal Colegiado con oficinas en Zapopan, Jalisco, resolvió declarar infundado un recurso de queja tramitado por Roy Rubio Salazar en contra de un Juzgado de Distrito, mediante el cual consideró que debía concedérsele una suspensión para recuperar el cargo como titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN), del que se encuentra suspendido, aunque con un sueldo equivalente al 33 por ciento.

La queja número 45/2018 fue resuelta la semana pasada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, relativo al amparo indirecto 2890/2017 del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa al que recurrió Rubio Salazar y también ubicado en Zapopan.

Según resolvieron de manera unánime los magistrados Roberto Charcas León, Marcos García José y Lucila Castelán Rueda, la controversia en cuanto a si Roy Rubio cometió una falta administrativa grave al aceptar, primero, ser notario público suplente y después notario titular, siendo al mismo tiempo titular de la ASEN, tiene que resolverse en un estudio de fondo a través del citado amparo puesto que, cabe añadir, recibió la patente notarial por parte del entonces gobernador Roberto Sandoval Castañeda, a quien auditaba.

En la referida queja, los magistrados describen esa maraña que desconoce la sociedad en general, por ejemplo de unos días de marzo del 2017 en que Roy pidió licencia a la ASEN para abrir la notaría pública –con oficinas en Tecuala-, y después tramitó licencia como notario para reincorporarse como auditor.

“…todo lo relativo a si se configura o no el conflicto de interés y si la referida licencia y la diversa que señala el recurrente que se le concedió por cinco días, lo eximen de la responsabilidad que se le atribuye, atañen aspectos de fondo, que no es dable resolver en el incidente de suspensión (…)”, explica el Tribunal Colegiado.

Continúa:

“Las precisiones anteriores conducen a concluir que en el presente caso existen indicios de la comisión de las conductas que se investigan y se le imputan al aquí recurrente, así como que están consideradas como graves (…), motivo por el que no es procedente conceder la suspensión provisional, al evidenciarse un perjuicio al interés social, el cual se vería afectado si se permitiera al quejoso continuar con la presentación del servicio público, cuando, como en el caso, se investiga una conducta grave y es que es susceptible de trascender en la continuación de la prestación de dicho servicio; interés que se encuentra salvaguardado por la suspensión temporal del quejoso que le fue impuesta como medida cautelar, esto es, por el impedimento formal de que desempeñe un cargo público debido a una conducta indebida (…)”.

Esa suspensión temporal es la que fue dictada por la Comisión de Hacienda del Congreso del Estado.

De acuerdo con el Tribunal Colegiado, el caso Roy debe resolverse en un estudio de fondo:

“…como lo resolvió el juez de Distrito, en la especie no es dable aplicar la apariencia del buen derecho, pues de hacerlo se estarían analizando cuestiones que corresponden al fondo del asunto en la sentencia de amparo, lo que no resulta factible hacer en el incidente de suspensión (…)”.

De acuerdo con la explicación de los magistrados, “en los autos que se revisan existen indicios de las conductas que se le imputan al quejoso (…)”, es decir, de una falta administrativa grave, puesto que nos les queda claro, por ejemplo, que el tres de agosto del 2016 se haya otorgado a Roy la patente de notario suplente estando en funciones como Auditor Superior del Estado, o que la patente como notario titular se concedió el dos de enero del 2017 y tomó protesta el día 27 del mismo mes.

Ambos cargos: notario y auditor, no pueden atenderse al mismo tiempo.

Cualquiera que sea la resolución final de este asunto, cuando menos servirá como precedente para que se ponga fin a ese abuso de los gobernadores de colocar a sus amigos como notarios, aunque al mismo tiempo tengan funciones públicas.

El caso de Rubio Salazar debería escandalizar pues era uno de los cercanos a Roberto Sandoval, lo que demeritaba las auditorías realizadas al ex gobernador.

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