* Tribunal Colegiado resuelve que Juzgado de Distrito admita demandas de amparo de ex magistrado, en las que reclama violaciones al procedimiento de desafuero.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Tercer Tribunal Colegiado del Poder Judicial Federal con oficinas en Tepic declaró fundados dos recursos de queja presentados por el ex magistrado numerario del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Rodrigo Benítez Pérez, a través de los cuales reclama presuntas violaciones al procedimiento en el Congreso del Estado que condujeron a su desafuero el pasado 21 de noviembre.
Las quejas fueron presentadas en contra del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo que desechó dos demandas del también ex subfiscal de la Fiscalía General del Estado, por lo que ahora deberá admitirlas y estudiar el reclamo que se le plantea dado que, explica el Tribunal Colegiado, el juicio de amparo indirecto (en el Juzgado de Distrito) “es el único medio de control judicial idóneo para someter a revisión judicial y constitucional cualquier acto intermedio que se dicte durante la sustanciación de un procedimiento de esa naturaleza.”
Entre los aspectos de fondo que se reclaman a las diversas instancias que conocieron el asunto en el Congreso del Estado -la Comisión de Gran Jurado Sección Instructora, la Comisión de Gran Jurado Sección Enjuiciamiento, el Pleno del Congreso del Estado de Nayarit erigido en Gran Jurado-, es que omitieron pronunciarse sobre la solicitud de declinación del procedimiento de declaratoria de procedencia a la Cámara de Diputados Federal, “…derivado de que la solicitud en comento fue realizada por sujetos no legitimados para ello, procedimiento en contra del suscrito Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit.”
Como se conoce, la solicitud para retirar el fuero fue presentada ante el Congreso del Estado por agentes del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR), sin embargo Benítez Pérez considera que el caso debió ser estudiado primeramente por la Cámara de Diputados Federal.
Se lee en uno de los recursos de queja:
“También reclama que la solicitud de declaración de procedencia, fue hecha por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Investigación de los Delitos Desaparición Forzada de la Fiscalía General de República, quienes carecen de legitimación para realizarla, pues la legitimación la tiene la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión”, lo que motivó, se advierte, un procedimiento viciado.
Y sigue:
“…el quejoso manifiesta que el Congreso local sólo puede iniciar el procedimiento de desafuero por delito federal, como lo es el de desaparición forzada que se le imputa, cuando así se lo requiera la Cámara de Diputados Federal.”
De acuerdo con el Tribunal Colegiado, el Juzgado de Distrito al desechar las demandas hizo un estudio equivocado sobre la figura de juicio político, “cuando de la demanda se advierte que el quejoso se refiere al procedimiento de la declaración de procedencia de desafuero, los cuales son distintos…”
En otra parte de la resolución, pareciera advertirse que el desafuero podría tambalearse si se acredita que hubo violaciones en el proceso legislativo:
“Por tanto, al reclamar el justiciable las violaciones ya destacadas en el proceso de la declaración de procedencia, de encontrarse en el estudio de fondo, que sí se vulneraron las reglas de tal procedimiento, traería como resultado que estás sean subsanadas, lo que en vía de consecuencia ocasionará que se deje sin efecto la aludida declaratoria.”
Los recursos de queja fueron estudiados durante una sesión ordinaria virtual celebrada el pasado 27 de marzo por el Tercer Tribunal Colegiado y contó con el voto unánime de los magistrados Daniel Jáuregui Quintero y Francisco Javier Rodríguez Huezo, además de la secretaria de Tribunal en funciones de magistrada Nadia Santos Ramírez.
Prosperan quejas de ex magistrado Rodrigo Benítez
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