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Mar, Abr

Resolverán otra vez caso Roberto Sandoval-FIRCAES

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* Juzgado de Distrito pide que resolución sea fundada para establecer que se cometió delito y que probablemente el ex gobernador lo realizó.

 

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo Penal en Tepic, concedió la protección de la justicia federal al ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda, pero no de fondo, sino para que se funde y motive la resolución que sea dictada en el tema del Fondo de Inversión y Reinversión para la Creación y Apoyo de Empresas Sociales del Estado de Nayarit (FIRCAES).

El pasado 11 de junio, un juez de Control vinculó a proceso al ex gobernador de Nayarit por el delito de ejercicio indebido de funciones, y contra ello presentó el amparo 625/2021.

De acuerdo con el fallo conocido la semana pasada, el Juzgado de Distrito explicó la imposibilidad de estudiar los puntos de que se duele el imputado, como el argumento de que la acción penal haya finalizado por prescripción.

Así señaló:

“En tal virtud, no es posible abordar el estudio de la prescripción de la acción penal que invocó la parte quejosa en su primer concepto de violación, no obstante que es una cuestión de orden público, de estudio preferente y oficioso, pues ni siquiera existe certeza sobre los hechos que serán materia de estudio del auto de plazo constitucional; lo cual es necesario determinar, porque en la imputación se manejan varias conductas y no queda claro si se refiere a un solo hecho o a diversos y, en su caso, cuál es el que se encuentra prescrito…”

“Por la misma razón, tampoco es posible verificar el diverso concepto de violación en el que se hace valer que el juez de control responsable varió sustancialmente los hechos imputados por la Fiscalía, pues al no haber sido precisados, no se está en aptitud de analizar si se vulneró el principio de coherencia o correlación, al emitir el auto de vinculación a proceso reclamado.”

Como puede advertirse, la sentencia no entra al estudio de fondo, sino que insiste que el auto de vinculación a proceso “no satisface cabalmente el requisito de fundamentación y motivación (…), y tal abstención impide revisar el acto en cuanto al fondo, por carecer de los elementos necesarios para ello, pues desconocidos tales fundamentos y motivos, los mismos no pueden ser objeto de apreciación jurídica alguna, pues de hacerlo se estaría sustituyendo a la responsable, lo que técnicamente es inadmisible en el juicio de amparo.”

Se pidió entonces dejar insubsistente la resolución dictada el  11 de junio y, ahora, el juez de Control deberá citar “a las partes para la continuación de la audiencia inicial y, con libertad de jurisdicción, precise los hechos que la ley señala como el delito de ejercicio indebido de funciones, con un mínimo de racionalidad que le permita al quejoso conocer la materia del proceso; y

“3.- Exponga cómo es que los datos de prueba resultan idóneos y pertinentes para establecer que se ha cometido el delito y que existe la probabilidad de que el quejoso lo cometió (…)

“Asimismo, se precisa que la presente determinación NO IMPLICA QUE DEBA CONCEDERSE AUTO DE NO VINCULACIÓN A PROCESO, sino que se subsanen los vicios formales en que incurrió la autoridad responsable y que impidieron (…) analizar los requisitos de fondo del auto de vinculación a proceso.”

La Fiscalía General del Estado imputa a Sandoval que como gobernador dio instrucciones a diversos funcionarios para usar recursos del FIRCAES a los que no estaban destinados.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit.

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