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Jue, Abr

Niegan pensión alimenticia a señora; no acreditó “estado de necesidad” frente al esposo

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* La mujer insistió que durante años se dedicó a labores del hogar y al cuidado de su esposo e hijos, pero solicitud le fue negada.

 

Una señora demandó a su esposo por el otorgamiento de una pensión alimenticia, sin embargo le fue negada por un Juzgado Mixto, después por la Sala de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior de Justicia y, finalmente, en la vía de amparo en un Tribunal Colegiado.

De manera inicial, la mujer consiguió que un juez ordenara un descuento en el salario del demandado para dárselo a ella, sin embargo esa medida fue levantada posteriormente.

La pareja tiene hijos adultos.

Un Tribunal Colegiado explicó que “el juicio de alimentos exige que el demandante que tenga derecho a exigirlos, tiene como condición para decretar una pensión por ese concepto, que realmente se trate de un acreedor alimentario y no simplemente que se autodescriba como tal.”

En ese sentido, se concluyó que a la quejosa no le asistía la razón porque en el juicio no aportó las pruebas que evidenciaran la necesidad de percibir los alimentos reclamados, “aunado a que de constancias se advierte que cuenta con bienes propios.”

Mientras la señora insistió que durante años se dedicó a labores del hogar y al cuidado de su esposo e hijos, se demostró que por años ha tenido diversos negocios, entre ellos una ruta de transporte en un municipio del estado.

El Tribunal Colegiado respaldó a la Sala Mixta en el sentido de que “no se justificó que la accionante se encontrara en un estado de necesidad…”

De acuerdo con los datos recogidos, hasta la resolución final, hace unos meses, el caso se habría atendido como una pareja casada, cuya identidad ha sido omitida.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

 

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