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Sáb, Abr

Elektra debe cerrar en Nayarit por Covid-19; justicia federal le niega suspensión provisional

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* El establecimiento no está en el listado de esenciales; “pone en riesgo a la población en general, ante la posible propagación del contagio del multicitado virus…”

 

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, negó una suspensión provisional a la empresa Elektra, por lo que no debería estar operando durante la contingencia por el coronavirus; sin embargo, la suspensión fue concedida para que opere únicamente la cuestión financiera, por ejemplo el envió de dinero de otras partes del país o el extranjero.

La resolución se encuentra en el número de amparo 721/2020, que tendrá su audiencia constitucional a principios de junio. Fue interpuesto contra autoridades federales, estatales y municipales.

De una amplia explicación del Juzgado de Distrito, en la que se anotan los diversos ordenamientos para frenar al coronavirus, se destaca lo siguiente:

“…lo anterior evidencia la importancia que tiene para la salud pública el control y erradicación del brote por virus Covid-19 (…), de ahí que, en observancia de las disposiciones de tales cuerpos normativos, emitidos tanto por el Secretario de Salud, sancionados por el Presidente de la República, como por el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, para hacer frente a la pandemia, como se dijo, se encuentran obligados a implementar las medidas necesarias para la protección contra el virus de referencia, para impedir la propagación de dicho mal; entre las cuales se encuentra evitar el contacto con otras personas en distintos lugares, lo que ayudará a la protección de posibles infecciones o contagios por la enfermedad antes mencionada.

“De lo anterior se obtiene, que los posibles daños o perjuicios que pudiesen ocasionar a la parte quejosa con la ejecución del acto reclamado, resulta de menor relevancia respecto a las probables consecuencias que pudieran acontecer con la concesión de la medida suspensional, en perjuicio del resto de la población, toda vez que se afectaría el interés de la sociedad, la cual está interesada en que el estado cuente con las medidas necesarias para combatir la pandemia generada por el virus denominado Covid-19 o coronavirus, que en la actualidad aqueja al país…”

 

Más adelante, el órgano del Poder Judicial Federal insistió que si otorgara la suspensión provisional, “se impedirá ejecutar las medidas para hacer frente a la pandemia grave del Covid-19, pues el hecho de que continúen actividades que no están expresamente catalogadas en el listado de esenciales, pone en riesgo a la población en general, ante la posible propagación del contagio del multicitado virus, aunado a lo anterior, se atentaría contra lo previsto en la indicada Ley General de Salud…”

 

De igual forma, la resolución detalla en qué aspecto sí ofrece la suspensión provisional:

“…para que las sucursales de la persona moral directa quejosa ubicadas en el Estado de Nayarit, sigan realizando la actividad como auxiliares de crédito, en su modalidad de centro cambiario y transmisor de dinero (…), lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva el presente incidente de suspensión.”

El Juzgado de Distrito añade que en lo tocante al punto anterior, Elektra sí realiza una actividad esencial “como auxiliar de crédito, en su modalidad de centro cambiario y transmisor de dinero (…), y por tanto, resulta viable conceder la suspensión provisional solicitada por la parte promovente del amparo”.

 

Y frente a los argumentos de la empresa de que cuenta con servicios de mensajería, en la que existe el envío gratuito a domicilio de los artículos vendidos en sus tiendas, así como la entrega en sucursal para determinados artículos; el juzgado federal se pronuncia en contra:

“…tales actividades no se encuentran entre las precisadas como esenciales por el Secretario de Salud (…), de ahí que al no ser esenciales quedan excluidas de la suspensión concedida con anterioridad…”

 

Distintas autoridades involucradas deberán rendir informes sobre el caso Elektra; sin embargo, se deduce con la resolución judicial que los establecimientos podrían ser cerrados, a excepción de las áreas dedicadas a operaciones financieras.

Ricardo Salinas Pliego, dueño de Elektra, es uno de los empresarios más visibles que se ha pronunciado por la apertura de negocios durante la pandemia.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza. 

 

 

 

 

 

 

 

 

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