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Vie, Abr

Exoneran a juez denunciado por acatar órdenes del fiscal Édgar Veytia

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* La Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura no encontró responsabilidad administrativa del juez Manuel Núñez Verdín, cuyo actuar reclama el ex agente ministerial Miguel Ángel Astorga.

 

La Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Nayarit, no encontró acreditada falta administrativa alguna del juez Manuel Núñez Verdín, denunciado por Miguel Ángel Astorga Medina, quien fuera agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE).

En junio del 2016, agente ministerial adscrito al Juzgado Mixto de Las Varas, municipio de Compostela, Astorga Medina vivió una historia similar a la sufrida por numerosas personas en los tiempos del fiscal Édgar Veytia: se le inventó un delito de desobediencia y resistencia de particulares –supuestamente maltrató a policías estatales, los que le confiaron que tenían orden de detenerlo- para justificar la flagrancia, y posteriormente se le giró orden de aprehensión por delito cometido por servidores públicos.

Ya retirado del servicio público por pensión, en febrero del 2018 el quejoso narró a este reportero el terror vivido en la penal de Tepic, puesto que por órdenes de Veytia fue ubicado en la zona para enfermos mentales, y sufrió una grave infección a causa de la insalubridad.

Astorga ha dividido su reclamo por dos vías: ante el Consejo de la Judicatura, esperando que el juez Manuel Núñez sea sancionado administrativamente, y mediante una denuncia en la Fiscalía General, en contra de numerosos funcionarios, varios de ellos ex compañeros suyos, que se prestaron a la fabricación de los citados delitos.

Según consideración del denunciante, su caso ejemplifica el brutal dominio que Veytia tuvo sobre el Poder Judicial, pues se dio el gusto de que Núñez fuera asignado a Las Varas poco después de su detención, y, semanas más tarde, decidir su libertad, él personalmente en la Fiscalía.

El reclamo central contra el juez es porque le negó la libertad provisional bajo fianza, ajustándose a la expresión de un agente del Ministerio Público en el sentido de que Astorga podría darse a la fuga.

 

La Comisión de Disciplina explica, al resolver el número de queja CD-PAQ-07/2018, que más allá de la versión del denunciante, “…sin que exista otro medio probatorio que lleven a este cuerpo colegiado a la convicción plena de que el servidor público hubiere incurrido en conductas que atenten contra la independencia de la función judicial, tales como aceptar o ejercer consignas, presiones, encargos o comisiones, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de alguna persona, del Poder Judicial o cualquier otro Poder, como se lo atribuyó el denunciante al momento de ratificar su escrito de denuncia.

“Así como tampoco quedó acreditado que éste se hubiera conducido con notaria ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar, pues, ya que como se advierte del señalamiento directo que realiza el denunciante, su acto de molestia medularmente lo hizo consistir en que por parte del Juez Mixto de Las Varas, Nayarit, toda vez que al encontrarse detenido y puesto a disposición del Juzgado antes indicado, y solicitarle al juez le fijara la libertad provisional bajo caución, éste se la negó no obstante que el delito no era grave, por lo que lo mantuvo privado de su libertad de manera ilegal.

“Circunstancias que en la especie no se encontraron acreditadas pues como quedó justificado, el juez negó la libertad debido a que existía oposición por parte del Ministerio Público de la adscripción.

“Y en cuanto al señalamiento realizado, –de- que una vez que se le concedió el amparo, el juez al dar cumplimiento lo hizo decretándole de nueva cuenta la formal prisión, analizados que fueron las constancias y las argumentaciones vertidas por el denunciante, es preciso señalar que las mismas constituyen cuestiones jurisdiccionales ocurridas en el curso de un proceso penal, del que se advierte que el actuar del servidor judicial fue en ejercicio de sus funciones y en ningún momento se acreditó que este su actuar hubiere permitido conductas que atenten contra la dignidad, parcialidad, y profesionalismo propios de la función judicial en el desempeño de sus labores…”

El fallo insiste que “no quedó acreditado que el servidor judicial hubiere con motivo de su actuar realizado conductas que atentaran contra la libertad personal y los derechos fundamentales relativos a su seguridad jurídica y debido proceso, pues todo fue realizado en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que para tal efecto las leyes le confieren…”

 

En la nota de este reportero de febrero del 2018, el denunciante reconstruyó que, estando preso, en una ocasión el propio Manuel Núñez le hizo una notificación a través de la reja de los juzgados penales en Tepic. Astorga le insistió para que le concediera la fianza:

- Si me da la orden el jefe Veytia, te concedo la fianza –asegura que contestó el juez.

- Pero tú no dependes del Poder Ejecutivo, sino del Poder Judicial.

- Que me digan de la Fiscalía y te concedo la fianza.

Astorga documentaría que, efectivamente, dejó la penal cuando Veytia quiso, pues previo a irse a su casa fue llevado ante el fiscal.

* Se pide a otros medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

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