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Mié, Abr

Pati Betancourt-Raúl Delgadillo: candente debate de defensa y fiscal por audio y videos

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*  Fiscalía defiende que la exposición visual del material por presunta extorsión fue un ejercicio ilustrativo, mientras que defensa la considera ilícita y que vició el procedimiento.

 

Concluía la audiencia de ampliación de término constitucional cuando Raúl Delgadillo Topete tomó la palabra:

Si el juez de control Armando Elías Martínez acababa de dictarle auto de vinculación a proceso por los delitos de extorsión y el cometido contra servidores públicos en agravio de la ex directora de Tránsito del Estado Patricia Marisela Betancourt Zepeda, Delgadillo señaló que rato antes, al entrar a la sala 5, se animó pensando que encontraría “un rayo de justicia”, mismo que, remarcó, el juez Armando Elías le daba.

La expresión del empleado de la Fiscalía General del Estado (FGE) parecía irónica, pero guardaba un fondo: contó que lleva 25 años en la función pública y que ha dado lo mejor de sí, igual que por su familia.

El rayo de justicia al que hacía alusión Delgadillo es porque el juez, al dictar la vinculación a proceso, se refirió a su esposa precisamente como tal, y a su hija de la misma manera, contrario a expresiones previas en que se les mencionó como “compañera sentimental” e “hijastra”:

“No es mi hijastra, es mi hija. No es mi compañera sentimental, es mi esposa.”

Así finalizó la audiencia en la causa penal 634/2019, concediéndose un plazo de tres meses de investigación complementaria, en que el imputado permanecerá en prisión.

La audiencia transcurrió durante unas cuatro horas la tarde del lunes, con un amplio debate entre la defensa pública y la agencia ministerial, especialmente respecto a la exhibición, en la audiencia de formulación de imputación el viernes cinco, de varios videos y audio en los que supuestamente se escucha la voz del imputado, en llamadas por celular con el entonces chofer de Betancourt Zepeda, advirtiendo que si la directora no reinstalaba a su esposa e hija en sus trabajos, revelaría videos comprometedores de supuestas transas.

Como ya fue citado en una nota anterior de este reportero, según la Fiscalía, ese material fue encontrado en el celular de Pati, asegurado tras su aprehensión en enero pasado, por su probable responsabilidad en el delito de encubrimiento por el homicidio del reportero Jesús Alejandro Márquez Jiménez.

La defensa pública combatió que la exhibición de los videos debe ser nula e ilícita, “desahogada fuera de todo contexto jurídico” y que, incluso, contaminó la apreciación del juez, en tanto que la Fiscalía defendió que únicamente se trató de “un ejercicio ilustrativo.”

El juez Armando Elías decretó improcedente la solicitud de la defensa para que resolviera la nulidad de los actos por presunta violación a los derechos humanos del imputado.

A continuación, entrando a la materia del término constitucional, el debate central de la defensa y la Fiscalía versó principalmente sobre los citados videos y audio.

Por ejemplo, el defensor señaló que un testigo que  dijo identificar la voz de Delgadillo no es especialista en fonética por lo que debieron poner diversas grabaciones a su escucha, a lo que la agencia ministerial respondió que no se trató de un reconocimiento de voz, sino que el testigo se refirió al hoy imputado tras escuchar la grabación.

De igual forma, la defensa cuestionó si se pretenden ofrecer beneficios a Pati Betancourt en cuanto al asunto de encubrimiento, a lo que la Fiscalía respondió que debía probar su afirmación.

Durante la audiencia se ventiló que del celular de Pati se extrajo información relacionada con Delgadillo, más no se ha ahondado sobre otros números identificados como “Avena”, “licenciado Momita” y “Lenin”, según observó la defensa.

Mientras la agencia ministerial defendió que la extracción de información del celular de Betancourt se hizo apegada a derecho, contando con la debida autorización de juzgados federales, la defensa reclamó que los citados audio y videos habrían sido obtenidos ilícitamente cuando un juez federal permitió la revisión en el lapso comprendido del uno de noviembre del 2018 al nueve de enero del 2019; es decir, según el defensor, el material habría estado antes de esas fechas, quizás desde el 24 de septiembre en que supuestamente se realizaron las llamadas, y posiblemente se extrajo, situación rechazada por la Fiscalía, que mencionó obtener permiso de un Juzgado de Distrito.

La agencia ministerial indicó que Betancourt Zepeda ha autorizado de manera voluntaria que se tenga acceso al material que guarda su celular.

El juez de control dictó auto de vinculación a proceso contra Delgadillo Topete por los delitos de extorsión y el cometido contra servidores públicos, aclarando que no prejuzga sobre su probable responsabilidad.

Durante el dictado de la resolución, Armando Elías Martínez hizo alusión al audio y videos pero sin opinar respecto a quien corresponderían las voces.

Previo al dictado de la vinculación a proceso, la defensa planteó que el delito de extorsión no se da, sino, en todo caso, el de chantaje. Sin embargo, la petición no prosperó.

Como puede advertirse, el punto central del caso son el audio y videos, en especial si fue correcta la exposición de los mismos en la sala de audiencias el viernes cinco.

Durante la etapa de investigación complementaria, la Fiscalía anunció que solicitará que el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses les apoye con un perito en fonética, además de realizar diversas entrevistas a quienes habrían tenido conocimiento de los hechos, por ejemplo la esposa y la hija del imputado.

Por su parte, la defensa podría presentar recursos por separado, uno en cuanto al citado incidente, y el otro para combatir la vinculación a proceso.

Lo que se resuelva podría sentar precedente, especialmente en lo tocante al audio y videos.

(Foto: Oscar Verdín Camacho/relatosnayarit)

* Se pide a otros medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

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