* Se resuelve prisión preventiva puesto que no radica en el estado y hubo lesionados del segundo vehículo.
* El delito de homicidio culposo por muerte de su concubina le fue retirado, al acreditarse que no manejaba ebrio o drogado, y al presentarse “una pena natural”.
Un accidente ocurrido durante la tarde del 24 de julio en la carretera internacional, en el tramo “libre” a la altura del municipio de Santa María del Oro, ha dejado constancia de diversos aspectos en los primeros días del expediente 1092/2017.
Identificado como Enrique, el probable responsable
manejaba un vehículo Nissan al impactarse contra un automóvil tipo Versa, por invadir carril contrario; fue consignado por los delitos de homicidio culposo puesto que falleció su concubina de nombre Claudia, lesiones culposas –dado que del segundo vehículo resultaron lesionados una pareja y sus dos niñas-, así como daño en las cosas.
Con domicilio en el estado de Jalisco, Enrique –por arriba de los 40 años- fue detenido por policías federales a las 6:15 de la tarde. Según el informe policial, dos minutos después se le dieron lectura a sus derechos y a las 6:19 se le dijo que podía hacer una llamada por teléfono, lo cual aceptó.
Lo anterior, se supone, es lo que deben hacer los policías tras las detenciones.
El jueves 27, el juez de control César Octavio García Torres calificó de legal la detención.
Enrique es asesorado por un abogado de una empresa de seguros que ha hablado de la buena fe y disposición para enfrentar lo sucedido.
El jueves, la defensa se opuso a la solicitud de la agencia del Ministerio Público para que se dictara prisión preventiva como medida cautelar. Proponía que su cliente recuperara la libertad y se presentara a firmar cada mes, atendiendo que lo ocurrido fue un accidente y que se pretendía llegar a un acuerdo entre las aseguradoras con sus respectivos clientes.
Sin embargo, el juez García Torres dictó la medida de prisión preventiva por la falta de arraigo del imputado en la ciudad, o porque no se señaló un domicilio en el que viviría aquí mientras dura el juicio. Por el contrario, siempre existiría el riesgo de que se diera a la fuga, supuesto que provocaría suspender el proceso.
Puesto que Enrique solicitó la ampliación del término constitucional, la audiencia continuó este martes uno, pero ahora con el juez Rodrigo Benítez Pérez. Para imponerse del asunto, se proyectó en una pantalla la imputación que efectuó la representación de la Fiscalía General del Estado en la audiencia anterior.
Así, en esta etapa de vinculación a proceso se revelaron más detalles del choque, como el hecho de que una de las niñas continúa en situación delicada, mientras que sus padres y su hermana están en mejor estado de salud.
Hubo un momento en que la defensa particular detalló que la relación de Claudia con Enrique era estable. Vivían juntos desde hace años y con ellos dos hijos de la ahora occisa, según precisó su mamá al identificar el cuerpo.
Consideró el abogado que debía excluirse el delito de homicidio culposo porque la víctima era su familiar.
En esa parte, el juez Benítez Pérez explicó que la excluyente es posible cuando el conductor no maneja ebrio o drogado –como fue el caso-, y cuando la víctima es, efectivamente, un familiar muy cercano: la esposa, un hijo, un padre, un hermano, puesto que se presenta “una pena natural” por el dolor de la pérdida humana.
Y en este caso, añadió, se actualizaba dicho supuesto, el de pena natural, al acreditarse el concubinato de la pareja y el perdón legal otorgado por la mamá de la occisa.
Es decir, en el auto de vinculación a proceso no se incluyó el delito de homicidio culposo, sólo el de lesiones y daño en las cosas.
Las partes acordaron un plazo de cuatro meses para el cierre de investigación, en especial para conocer la recuperación física de los lesionados. Durante ese tiempo, Enrique deberá permanecer en prisión preventiva, recluido en la penal de Tepic.
Sin embargo, retirado el delito de homicidio, la defensa insistió por cambiar la situación de su cliente, asegurando que no hay riesgo de sustracción de la justicia y ofreciendo una garantía de 250 mil pesos y una firma periódica mensual.
La propuesta fue rechazada por la agencia ministerial, que insistió en la falta de arraigo del individuo en la ciudad.
Para el juez, que resolvió no aceptar la petición del defensor, se debe cuidar no revictimizar a los lesionados y ello podría darse, si concedía la firma periódica, en caso de que Enrique por diversa razón no asistiera a una audiencia. Es decir, debe asegurarse la presencia del imputado cuantas veces sea requerido, pero ello estaría en riesgo puesto que no vive en el estado y tampoco se ha ventilado en qué trabaja o dónde sería citado.
Además, añadió Benítez Pérez, una de las niñas continúa en situación delicada, por lo que para dar seguridad a la continuación del asunto, se resolvió la continuación de la prisión preventiva.
Debaten si conductor debe estar preso por choque donde murió concubina
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